Ideal Inversores
Lote de terreno en venta, ubicado en zona La Perla, Mar del Plata.
Con frente sobre calle Bartolome Mitre, esquina 3 de Febrero.
Cuenta con 334 m2 totales.
Distrito residencial R1
F.O.S. máximo sobre cota de parcela: 0.6
F.O.T. máximo uso residencial: 2.5
F.O.T. máximo otros usos: 2
Densidad poblacional neta máxima: 1.000 hab/Ha.(0.10 hab/m2)
Incremento de F.O.T. y Densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%.-
USOS PERMITIDOS: Además del uso residencial, se permiten los usos indicados en los cuadros del Capítulo 5.-
TIPOLOGÍA EDILICIA: Se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libre (con o sin basamento).-
DISPOSICIONES PARTICULARES:
a) EDIFICIOS ENTRE MEDIANERAS.
Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.-
Plano límite: planta baja y 8 pisos superiores frente a calle y planta baja y 10 pisos superiores frente a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente.-
b) EDIFICIOS DE SEMIPERÍMETRO LIBRE (con o sin basamento).
Tejido:cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.-
Plano límite: planta baja y 8 pisos superiores frente a calle y planta baja y 10 pisos superiores frente a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente.
Retiro lateral obligatorio: mínimo 4.15m a eje divisorio hasta una altura edilicia máxima compuesta por planta baja y doce (12) pisos. Para soluciones de mayor envergadura que la antedicha, retiro mínimo 5,15m.
c) EDIFICIOS DE PERÍMETRO LIBRE (con o sin basamento).
Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.-
Plano límite: planta baja y 10 pisos superiores frente a calle y planta baja y 16 pisos superiores frente a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente.-
Retiro lateral obligatorio: : mínimo 4.15 metros a ambos ejes divisorios hasta una altura edilicia máxima compuesta por planta baja y doce (12) pisos. Para soluciones de mayor envergadura que la antedicha, retiro mínimo 5,15 metros.
6.6.1.1 CASOS ESPECIALES:
a) Los predios frentistas al Boulevard Marítimo observarán un retiro de frente mínimo de cinco metros (5.00 m.), rigiendo para todas las tipologías.-
b) En parcelas distantes hasta trescientos metros (300 m.) del Boulevard Marítimo se verificará el cono de sombra si el edificio proyectado tiene más de trece con sesenta metros (13.60 m.) de altura.-